Todos deben cobrar, pero solo una rama de las ocho que son herederas de la familia Suárez Alejandro recibe el dinero que les corresponde por la expropiación realizada por el Ayuntamiento de Telde en 2006 de una finca en Malpaís-Valle de los Nueve para la construcción de un equipamiento deportivo, que nunca se ejecutó. Uno de los herederos expone que la propiedad fue incluso ocupada una década antes por la corporación municipal.
De los ocho herederos originales solo viven dos nonagenarios, mientras que las otras seis ramas de la familia son ya sus descendientes. Pero estos ancianos, no pueden recibir ni un solo euro porque los pagos se ingresan en una cuenta-depósito del tribunal, donde solo puede acceder una de las ocho familias herederas. «Son personas de avanzada edad que no pueden disponer de un dinero que es suyo porque no tienen acceso a los ingresos en esa cuenta y deben seguir esperando -y son muy mayores- hasta que se solucione el problema que se ha planteado», apunta uno de los familiares.
El problema reside en que una de los herederos de Francisco Suárez Alejandro, propietario del terreno expropiado, reclamó que se incluyeran -y así lo ganó en una sentencia del TSJC de 2015- en el justiprecio los árboles frutales de la finca, lo que incrementa la cantidad final que deben recibir los beneficiarios. El pago total asciende, sin contar los intereses ni los árboles frutales,, a 228.171,57 euros y se ha ido abonando en las cantidades fijadas en el plan de pago 2016-2023.
Sin embargo, la interpretación de este fallo judicial por el Ayuntamiento supone que solo la parte que recurrió la exclusión de los árboles esté recibiendo el dinero. Es, como explica uno de los afectados, como si la administración los hubiera desheredado porque solo reconoce -y se olvida del acta del justiprecio- a esa heredera como si fuera la única parte que tiene derecho al abono de lo fijado el 8 de mayo de 2009 por la Comisión de Valoraciones de Canarias.
Error del Ayuntamiento
Un hecho, consideran los afectados que se basa en «que el error de partida del Ayuntamiento está en no advertir que hay una sentencia desestimatoria, anterior a ésta [la de los árboles frutales], por la que se confirmaba la resolución de la Comisión de Valoraciones de Canarias de 8 de mayo de 2009», pero que es a la totalidad de los herederos a los que debe hacer entrega del justiprecio aprobado por la finca.
Así, indican que el Consistorio teldense podría ingresar en la cuenta de consignaciones de la Ejecución de Títulos Judiciales en todo caso «la cantidad en la que se hubiere fijado el valor de los árboles frutales, pero nunca la totalidad del justiprecio». Alegan que la corporación está ordenando la totalidad del justiprecio, «probablemente por ignorancia de la situación que aquí se ha descrito, si no es por dejadez e indolencia, sin reparar en el perjuicio que están causando».
Una situación que se ha hecho saber a la alcaldesa, Carmen Hernández, con los escritos, donde se insta a la corporación a que abone correctamente a todos los descendientes de Francisco Suárez Alejandro las cantidades estipuladas en el plan de pago acordado.
El plan, con fecha hasta 2023, contempla el importe aprobado por la Comisión de Valoraciones de Canarias en 2009 -228.171,57 euros- después de que los miembros de la familia Suárez Alejandro recurrieran al justiprecio inicial fijado por el Ayuntamiento, un total de 99.830,44 euros y el órgano regional estimase su recurso. Posteriormente, se presentaron recursos contenciosos-administrativos contra la resolución de la Comisión al estimar que la cantidad debía ser mayor, pero los tribunales solo estimaron la petición de incluir los árboles frutales en la cantidad final, dejando la primera suma aprobada como la definitiva. Esto ocurría en 2013, siete años después de la firma del acta de justiprecio; se les había extendido a los herederos en 2006 cheques nominativos por los 99.830,44 euros, pero ninguna cantidad más.
Fue en abril de 2016, según se recuerda en los escritos presentados, cuando la Junta de Gobierno aprobó un plan de pagos para da respuesta a las sentencias firmes recaídas en materia de expropiaciones, plan que dispone el pago aplazado, de 2016 a 2023, de las cantidades que restan por abonar a los herederos de Francisco Suárez Alejandro». En ese acuerdo, los beneficiarios cobrarían 9.422,01 euros en 2016; 10.546 en 2017; 11.704 en 2018; 13.354 en 2019; 15.950 en 2020; 21.120 en 2021; 40.296 en 2022 y 40.086 euros en 2023. No se cuentan ni los intereses de mora ni la cantidad a percibir por la inclusión de los árboles de la finca.
Por ello, piden al el Ayuntamiento que reconozca que ha ingresado las cantidades correspondientes al plan de pagos -las anualidades de 2016 y 2017 por un total de 31.672 euros- en la cuenta del tribunal a una sola de las ocho partes herederas; que esas cantidades deben ser para todos los herederos y que en lo sucesivo las sumas aplazadas del justiprecio «sean abonadas de forma directa a todos los herederos.
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La Provincia-Dlp