EL COLECTIVO ECOLOGISTA AGONANE DENUNCIA ANTE LA FISCALÍA UN PRESUNTO DELITO CONTRA LOS RECURSOS NATURALES EN ARUCAS

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El Colectivo AGONANE-Ecologistas en Acción, representado por su vocal Honorio Galindo Rocha, siendo los objetivos del colectivo la defensa del Medio Ambiente, la Naturaleza y los Valores arqueológicos, pone en conocimiento de esta Fiscalía lo que pudiera quedar encuadrado como presunto delito contra la fauna. Esta afirmación la sustentamos en la destrucción de hábitat de Lagarto canario gigante (Gallotia stehlini). Presuntamente la pérdida de muchos ejemplares aplastados y enterrados. Esta situación que denunciamos se ha producido el día 4 de diciembre, por la mañana en el lugar conocido por Hoya de San Juan, parcela 400 y 450, polígono 9 en el T.M.  de Arucas. Lugar referenciado para dar con estas parcelas, pues son colindantes con el Parque de Bomberos de dicho municipio.

Esta situación se ha producido por estar la parcela recién expropiada para ejecutar un vial de salida de la conocida como G.C.-20. Este colectivo tuvo conocimiento a través de los que eran propietarios de la parcela expropiada y sabiendo de la urgencia con la que se iba a ejecutar la misma, se puso en contacto con miembro de este colectivo para informar de la existencia de una importante colonia de lacértidos que quedarían afectados por las obras, a llevarse a cabo.

Este colectivo atendiendo a la sensibilidad de los propietarios y ante lo que se avecinaba por la posible destrucción a producirse, de iniciarse las obras, procedió a presentar sendos escritos a los organismos canarios siguientes y que anexamos a la denuncia: CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y VIVIENDA, (anexado 1); -AGENCIA CANARIA DE PROTECCIÓN DEL MEDIO NATURAL, (anexado 2);.-M.I. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS, (anexado 3);  En los mismos ponemos en conocimiento de las administraciones señaladas de la existencia de la colonia de lagartos y de la necesidad de ser sacados para su traslocación y por tanto el que no se actuara en la parte de la parcela donde se encontraban, en tanto no se sacara el mayor número posible de individuos. En esta zona y por como quedará la infraestructura puede quedar eliminado, afectado los bancales en los que se refugiaban los animales protegidos. Lugar, espacio que no era prioridad de ejecutarse los trabajos iniciales a llevar a cabo, a nuestro entender, por lo que creemos que habiendo puesto un poco de voluntad habría tiempo para actuar en la extracción de los animales y por tanto poniendo voluntad la situación en favor de esta especie protegida, quedaba resuelta.

Lo que sucedió es que el viernes 22 estuvimos dos voluntarios en la parcela, ubicados en los bancales existentes en la propiedad. Lugar ideal de los lagartos para su vida diaria pues encuentra entre las piedras, en el muro, seguridad. Ya estando allí sufrimos el acoso de un trabajador, para que abandonáramos el lugar pues estábamos en propiedad privada. Le dijimos que tratábamos de hacer lo que la empresa debió realizar pues ya debía de tener conocimiento de la existencia de esta especie protegida y advertida por los escritos presentados.

El sábado y domingo los dos voluntarios no estuvimos en la zona por la situación meteorológica que se producía sobre las islas. El sábado llovió con aparato eléctrico (rayos y truenos) y el domingo, con inestabilidad y nubes abundantes. Estas situaciones no son aptas para esperar extraer a los animales, al ser tiempo contrario para ello, por lo que no estuvimos en la parcela. Ya el lunes 4, uno de los voluntarios, que vive próximo al lugar de los hechos, se aproximó a la zona de trabajo y comprobó horrorizado como una maquinaria había actuado sobre los bancales y había hecho desaparecer la mayoría de estos. Suponemos que dejaron de hacerlo al detectar la presencia del voluntario. Podríamos pensar que se ha actuado de mala fe al aplicar el dicho conocido de “muerto el perro, se acabó la rabia”, o sea desaparecido el motivo de la protección, se ejecuta la obra sin ningún impedimento.

Hemos de recordar que el lagarto canario gigante está protegido por diferentes normativas ya sea nacional como autonómica. Por la Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de Especies Protegidas, en el Anexo VI. Especies incluidas en la categoría de interés especial en el Catálogo Estatal afectadas por el apartado 4 de la disposición transitoria única.

Habiendo sucedido la afectación a la especie y poder considerarse como acto intencionado y a sabiendas de la actuación a perpetrar significaría afectar a los individuos allí existentes, la eliminación de estos, entendemos de la presunta comisión de delito a sabiendas de lo que se hacía, pues recordemos que ya tenían, disponían de la información. En todo caso de alegar que la cadena estaba rota por no haber comunicado la administración a la empresa ejecutora de las obras, tenían constancia de la presencia de ciudadanos que estuvieron apostados con trampas varias horas y con un cartel que podían leer sin dificultad del acto, donde se exponía: “ZONA DE LAGARTOS CANARIOS AMENAZADOS POR LA OBRA DE LA GC-20”así como de dos tubos, trampas para el fin propuesto.                     

Es más, un trabajador de la obra nos conminaba a que nos retiráramos del lugar por no tener autorización para estar allí. Se le dijo que no estábamos entorpeciendo la ejecución de las obras, de lo prioritario de salvaguardar la vida de los lagartos, así como de la dejación de la administración que es quien debería estar con operarios sacando y translocando a los animales.

En todo caso la empresa debió de ponerse en contacto con el Ayuntamiento, con Obras Públicas… y pedir asesoramiento y buscar la formula más adecuada para cumplir con la ley, con la protección del bien jurídico protegido a perjudicar o proteger, dependiendo de la intencionalidad.

Ponemos en conocimiento al tiempo de esta Fiscalía actos contrarios al Medio Ambiente por parte de la empresa ejecutora de las obras pues al proceder a la retirada de la tierra de la parcela, mezclan residuos de la infraestructura derribada, vivienda y restos del derribo. llevándolos a depositarlo a lugar cercano y proceden a taparlo con tierra inerte, limpia, para disimular la escombrera que están produciendo. Entendemos que lo correcto es proceder a separar los materiales resultantes del derribo y llevarlos a gestor autorizado y solo dejar el material inerte, la tierra limpia.                                      

Se observa la presunta comisión de delito ambiental al dejar en el lugar y tratar de disimularlo bloques de asfalto, pues se considera como material contaminante. Esto junto a la parcela expropiada.

Por todo lo aquí expuesto, venimos a SOLICITAR:

Se investigue lo denunciado en este escrito y de ratificarse y comprobarse de ser ciertos, se exija las responsabilidades penales a las que hubiera lugar, se proceda a la apertura de expediente por presuntos delitos y se termine exigiendo las responsabilidades penales a la que hubiere lugar.

Florentino López Castro

Florentino López Castro

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