PIDEN UN PLENO PARA REPROBAR Y PEDIR LA DIMISIÓN DEL ALCALDE DE SANTA LUCÍA

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Agrupación de Vecinos de Santa Lucía de Tirajana, Partido Socialista y Beatriz Mejías, han presentando por escrito en el Ayuntamiento de Santa Lucía, la solicitud de celebración de un Pleno Extraordinario  con un único punto del día la “Declaración de reprobación y solicitud de dimisión o subsidiariamente de cese de Don Santiago Miguel Rodríguez Hernández y de Don Pedro Sánchez Vega, en sus condiciones de Alcalde-Presidente y 4º Teniente de alcalde y concejal delegado del área de deportes, comunicación y recursos humanos.

La solicitud de este pleno extraordinario viene motivada por las últimas sentencias dictaminadas en contra de resoluciones sobre la gestión llevada a cabo por el gobierno municipal en cuanto a la contratación para cubrir diferentes puestos de trabajo con cargo a un “Plan de empleo del Cabildo de Gran Canaria”, calificado en la propia sentencia de “absoluta opacidad”. Así como otras sentencias vinculadas al incumplimiento de los principios de igualdad, capacidad y méritos para cubrir atribuciones temporales de trabajo, que justifican, sobradamente, el impulso de medidas concretas encaminadas a depurar las responsabilidades políticas derivadas de estas acciones.

Así lo expresaban los portavoces de la oposición al completo en una comparecencia ante los medios de comunicación en la mañana de este viernes a las puertas de las Oficinas Municipales de Vecindario. Estos acontecimientos unido a que en el pleno celebrado ayer en el que los grupos pertenecientes al pacto de gobierno de Santa Lucía, Nueva Canarias, Fortaleza y Partido Popular, mantuvieron que a pesar de la sentencia dictaminada actuaron de manera correcta, han  precipitado que desde la oposición se solicite al Alcalde de Santa Lucía, la convocatoria de un Pleno Extraordinario en el que dirimir las responsabilidades políticas.

El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Santa Lucía, recoge que sobre la convocatoria de las sesiones extraordinarias que la convocatoria del mismo, por parte del alcalde, no podrá demorarse más de 15 días desde la fecha de su solicitud. En caso que no fuera convocada en ese plazo, quedará automáticamente convocada para el décimo día hábil siguiente al de finalización de dicho plazo a las 12.00 horas por el Secretario de la Corporación.

Florentino López Castro

Florentino López Castro

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