Los empresarios han vuelto de nuevo a bloquear la negociación de convenios tan importantes para los trabajadores y trabajadoras del sector agrícola como son los de agricultura y el convenio de empaquetado de tomates, mientras los sindicatos con presencia en el sector se ven incapaces de proponer actuaciones encaminadas a desbloquear dichos convenios colectivos.
Cuando se tienen como presidente de Comité de Empresa a compañeros que en este caso representan a CC.OO. y otro que pertenece al SITCA, que van como testigos de la empresa, en contra de otro compañero del Comité de Empresa, que en este caso pertenece al Sindicato de Trabajadores (SINTRA), me pregunto ¿Ǫué se puede esperar?
Y mientras todo esto ocurre los empresarios se sienten impunes ante lo que supone un derecho fundamental como es el de la negociación colectiva, se sigue castigando duramente los salarios de los trabajadores y trabajadoras de un sector tan importante como el agrícola y empaquetado, en donde dichos trabajadores han perdido más de un 15% de capacidad adquisitiva en sus salarios.
Concretamente en el convenio de empaquetado de tomates, se ha constituido la comisión negociadora en abril del presente año, y no han tenido a día de hoy ni siquiera una reunión, hay que recordar que estamos en agosto (04 meses desde dicha constitución), para nada.
Hay que sancionar este tipo de conductas empresariales en donde hay una clara estrategia de bloquear y dilatar todo lo que se pueda la negociación de los convenios reseñados anteriormente (Agricultura y Empaquetado de Tomates).
El principio de buena fe, principio rector de la aplicación de reglas, se encuentra regulado en el artículo 7.1 CC que establece que “los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.” La buena fe se considera un estándar jurídico o modelo de conducta social; esto es, aquella conducta que la consciencia social exige en cada supuesto conforme a un imperativo ético dado. Y, aunque no se encuentra definida en el Código Civil, puede identificarse con las notas de lealtad, honradez, confianza y consideración.
Específicamente en el ámbito de la negociación colectiva, el principio de buena fe se encuentra en el artículo 89.1 ET, que establece la obligación de las partes de negociar bajo el principio de la buena fe. Existe, como resultado del principio de autonomía colectiva y de su primacía en las relaciones colectivas de trabajo, el deber de negociar de buena fe durante el proceso de negociación de un nuevo convenio colectivo.
Ante todo, lo anteriormente relatado la única conclusión posible, es que los empresarios agrícolas han quebrantado, vulnerado e incumplido, ese principio fundamental de la buena fe, ante esto y desde SINTRA, venimos a pedir que se solicite la mediación, por parte de la Dirección General de Trabajo en la negociación de los convenios de agricultura y empaquetado de tomates.
No esperes a que nadie te dé nada. Si de verdad crees en algo, entonces lucha por ello.
Alejandro Jesús Olivares Cabrera. PRESIDENTE SINTRA
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