Esta vez a tenido que ser el TSJC quien ha rechazado el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 15 de Barcelona que declaraba la incapacidad permanente absoluta derivada de una enfermedad común para una manipuladora de 42 años que sufre fibromialgia severa y fatiga crónica.
La demandante, sufre estas patologías cuyas «alternativas terapéuticas resultan escasas y afectan a la autonomía de la paciente», señala la sentencia del TSJC. También deja claro que junto a la fibromialgia y la fatiga crónica, las dos en grado severo, la recurrente también ha desarrollado un trastorno con ansiedad y depresión así como dolores en el hombro. Todas estas dolencias afectan a su capacidad para trabajar.
El INSS ya había extinguido la incapacidad temporal de la paciente en 2022 por lo que tuvo que presentar un recurso ante el juzgado de lo social que le concedió la incapacidad permanente absoluta. Sin embargo, este organismo presentó un recurso pidiendo que suprimieran esta incapacidad a la trabajadora al argumentar que sus patologías le impedían hacer carga y descarga, estar de pie o caminar, pero que podía realizar otras tareas, tal y como aparecía en un informe pericial.
Pese a esto, el TSJC cree que el INSS hace una «valoración sesgada» de los informes médicos de la paciente, ya que el documento también remarca que «no es autónoma para realizar las tareas de la vida diaria, precisando ayuda de tercera persona» para limpieza de la vivienda, higiene personal, compras, cocina o caminar fuera de casa.
El TSJC constata «la severidad» de la fibromialgia y la fatiga crónica de la paciente así como la incidencia de estas enfermedades en la «espera psiquiátrica» de la recurrente. También tiene en cuenta que su «propia autonomía» está afectada.
Por eso rechaza el recurso del INSS, ya que considera que la mujer «no está en condiciones de asumir los requerimientos de continuidad y eficacia propios de cualquier actividad productiva».
«el reconocimiento de la incompatibilidad entre el cuadro clínico de la recurrente y cualquier actividad laboral dignifica no solo al justiciable, sino también al sistema jurídico cuando es gestionado con rigor técnico y compromiso profesional».
En SINTRA, SI apoyamos a los trabajadores y trabajadoras con FIBROMIALGIA.
Alejandro Jesús Olivares Cabrera PRESIDENTE SINTRA
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