La Audiencia absuelve a los tres acusados del caso Calero

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La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas notificó ayer la sentencia del llamado caso Calero, en la que absuelve a los tres acusados. El fallo concluye que José Luis Mena, Félix Machín y Juan Fermín Peñate no cometieron delito de prevaricación administrativa y falsedad en documento público.

La sentencia de la Audiencia Provincial, cuyo ponente es el magistrado Carlos Vielba, sostiene que no se da por probado que el empresario Félix Machín, con la finalidad de obtener un aprovechamiento urbanístico al que no tenía derecho, se «confabulara» con el exjefe de Urbanismo de Telde, José Luis Mena, para que éste tramitara un expediente administrativo de reparcelación «soslayando de manera evidente los trámites administrativos correspondientes». Por otro lado, tampoco se declara que sea cierto que Mena, «guiado por el ánimo de beneficiar los intereses» de Machín, influyera en el topógrafo municipal, Juan Fermín Peñate, para que, faltando a la verdad, efectuara un levantamiento planimétrico de la Unidad de Actuación Calero Alto-2 en el que solo incluyera los terrenos propiedad del empresario, excluyendo a sabiendas los terrenos de otro propietario, que terminó siendo el denunciante de este caso.

Tras el juicio celebrado entre los días 16 y 19 de mayo de este año sí se da por probado que el administrador de Telpan, Félix Machín, presentó en 2004 ante el Ayuntamiento de Telde una solicitud de desafectación, desarrollo y reparcelación de una unidad de actuación en el barrio de El Calero. En el expediente no se incluyó el informe del técnico que debía emitir el arquitecto municipal, sino que se incorporó otro documento firmado por el encargado de la redacción del Plan General de Telde, que en ese momento no tenía vinculación con el consistorio. La superficie que se incluyó en el proyecto no se correspondía con la totalidad, sino que se omitieron los terrenos del denunciante, Miguel Ángel Rodríguez, y los de una tercera propietaria.

Los magistrados aclaran en el fallo que no dan por probados los argumentos de las acusaciones, aunque consideran que era evidente que existían «sobrados indicios» para la celebración del juicio, pero sin que ellos se hayan convertido en prueba de cargo.

Múltiples defectos. Eso sí, los jueces consideran que era evidente que el expediente «adolecía de múltiples defectos». Entre ellos, que se pidiera un sistema de ejecución privado de la actuación, cuando el previsto era público.

Sobre la sentencia, que tiene fecha de 9 de septiembre, cabe interponer recurso de casación ante la Sala. Se han declarado de oficio las costas del proceso.

Canarias7

Florentino López Castro

Florentino López Castro

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