ACUSAN AL GOBIERNO DE CANARIAS DE INCUMPLIR LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL

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La Asociación para la Conservación de la Biodiversidad Canaria (ACBC) acusa al Gobierno de Canarias de incumplir la Ley de Bienestar Animal al no aprobar un protocolo para la implantación de programas de gestión de colonias felinas por parte de los ayuntamientos, lo que evitaría daños sobre la biodiversidad circundante a las mismas, especialmente a la fauna endémica.

“Como consecuencia de la dejación del Gobierno de Canarias para el desarrollo de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, estamos asistiendo a la proliferación incontrolada de colonias felinas sin autorización y a la aprobación, por parte de los ayuntamientos, de programas de gestión de colonias felinas y ordenanzas municipales de animales domésticos que no incluyen criterios para evitar daños a la fauna endémica”, lamenta ACBC.

Añade que esta situación se agrava cuando se trata de colonias felinas situadas en las proximidades de espacios naturales protegidos o cerca de zonas donde habitan especies de fauna amenazada susceptibles de ser depredadas por los gatos, como son los casos de los lagartos gigantes de La Gomera, El Hierro y Tenerife; y de las colonias de aves marinas.

“Por estas razones, solicitamos del Gobierno de Canarias aprobar un protocolo para la implantación de los programas de gestión de colonias felinas por parte de los ayuntamientos, así como el desarrollo de un programa regional de protección animal que tengan en cuenta la conservación de la biodiversidad”, afirman desde el colectivo.

Incumplimientos

El artículo 40 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales establece que corresponde a las comunidades autónomas generar protocolos marco con los procedimientos y requisitos mínimos que sirvan de referencia para la implantación de programas de gestión de colonias felinas en los términos municipales con el fin de reducir progresivamente la población de gatos tal y como indica el artículo 38 de la mencionada Ley.

Estos protocolos deberán desarrollar, entre otros aspectos, los métodos de captura, los criterios para registro para las colonias y los individuos que las componen y para su esterilización, así como las directrices para para la formación de las policías locales y las personas cuidadoras.

ACBC insiste en que otro de los aspectos contemplados en el mencionado artículo, “que consideramos más relevante”, es establecer los criterios para la definición de procedimientos de gestión de colonias felinas para evitar los efectos significativos de los gatos de dichas colonias sobre la biodiversidad circundante a las mismas. Estos criterios, de acuerdo con la mencionada Ley, han de ser incorporados a los Programas de Gestión de las Colonias Felinas que deben desarrollar los ayuntamientos.

Esta Ley contempla también, en su artículo 22, que las administraciones públicas deberán aprobar programas territoriales de protección animal que promuevan la esterilización, la prevención de enfermedades, el desarrollo de medidas educativas contra el abandono animal, así como el control de la identificación de los animales y la aplicación del régimen sancionador.

 

Florentino López Castro

Florentino López Castro

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