NUEVA CANARIAS NO PUEDE PRESENTARSE A LAS ELECCIONES «PORQUE NO EXISTE»

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Si mañana se convocaran unas elecciones, Nueva Canarias no podría presentarse. Desde hace casi un año no aparece en el registro de partidos políticos, y pese a que la formación confía en que se pueda revertir esta situación, las opciones que tiene son limitadas debido a la sentencia firme que en julio del año pasado declaró la “extinción” de dicho partido y, en consecuencia, su “cancelación” como inscrito. La resolución del Ministerio de Interior de agosto de 2021 hace referencia a que esta fuerza política no había “adaptado sus estatutos” de acuerdo a la ley y, por ello, la Abogacía del Estado interpuso una demanda. Pero ¿qué consecuencias tiene? Juristas expertos en Derecho Constitucional coinciden en que aunque esta resolución no implica su ilegalización, actualmente Nueva Canarias “ha desaparecido”. 

Gerardo Pérez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna (ULL), insiste en que no conoce el caso al detalle, pero recuerda que un partido político para poder presentarse a unos comicios debe cumplir con dos requisitos imprescindibles: tener personalidad jurídica y estar inscrito en el registro de partidos. A día de hoy, con las actuales circunstancias, para NC no sería posible concurrir a unos comicios desde el punto de vista jurídico. En ello, también coinciden otros expertos consultados, que insisten en que no es un partido ilegal, ya que no ha cometido un delito, pero según la sentencia sí ha incumplido algún requisito para seguir en el registro. “No creo que se les pueda calificar de partido ilegal, pero de momento no son un partido político”,  destaca Pérez. 

A Nueva Canarias le quedan ahora dos opciones. Por un lado, puede intentar demostrar que el proceso está viciado ya que la formación alega que no recibió ningún requerimiento ni notificación alguna, por lo que no pudo personarse en la causa. Si esto se prueba, podría anularse el proceso que concluyó con su exclusión del registro de partidos. No obstante, en la sentencia se recoge que se requirió al partido demandado y desde el Ministerio de Interior señalan que no se recurrió la resolución judicial. El secretario de Organización de Nueva Canarias, Carmelo Ramírez, apuntó este lunes en rueda de prensa que la formación había cambiado de sede, pero lo notificó. Además, destacó que si desde el Ministerio de Interior quisieran contactar con el partido, cuenta con los nombres y direcciones particulares de cada uno de los dirigentes en los estatutos remitidos. Ramírez insistió en que esos estatutos se enviaron en 2017 después del IV Congreso y el pasado mes de junio se remitieron los del último congreso celebrado en mayo. También subrayó que ha venido recibiendo la subvención que se otorga a los partidos políticos. 

Según la sentencia, consultada este martes por este periódico, no consta que Nueva Canarias tenga sus estatutos adaptados a la ley de partidos de 2015. Además, para la Audiencia Nacional esta formación “carece de actividad y funcionamiento”, “siendo, de hecho, un partido inexistente; lo que supone que, una condena en costas resulta de imposible cumplimiento”. Según el fallo, “la última redacción de estatutos comunicada al Registro son los aprobados durante el IV Congreso del partido celebrado los días 5 y 6, de mayo de 2017, adoleciendo de los defectos formales comunicados”, detalla. 

La segunda opción que tiene Nueva Canarias si no se demuestra que el proceso es nulo, sería inscribirse de nuevo como partido político. Podría hacerlo incluso con la misma denominación, confirma otro experto en derecho constitucional consultado, ya que en estos momentos no habría otra con el mismo nombre. Otras fuentes jurídicas consultadas destacan que es una decisión que la formación deberá meditar, ya que su inscripción de nuevo como partido con las mismas siglas también podría ser entendida como una fórmula de eludir una sentencia. 

Desde el Ministerio de Interior se han remitido a la sentencia firme para contestar a las preguntas de este periódico y han apuntado que NC no recurrió cuando tenía plazo para hacerlo. El organismo público tiene escaso margen para poder actuar cuando se trata de partidos políticos. En este caso, como se recoge en la resolución hecha pública este lunes por NC, se limitó a informar a la Abogacía del Estado a quien requirió el 30 de octubre de 2020 que interpusiera la correspondiente demanda de extinción judicial ante la “falta de adaptación” de los estatutos de esta formación.  

Gerardo Pérez remarca que los procesos otorgan un proceso de subsanación. La Ley de partidos políticos establece una serie de obligaciones, como que los estatutos se adecúen a las nuevas leyes que se van dictando, se renueven los órganos de Gobierno, entre otras. Si alguna de estas cuestiones se puede iniciar de oficio un procedimiento que termine en proceso judicial que concluya con la exclusión del partido. “Durante todo ese procedimiento, que es largo, se tiene que notificar al partido político y se puede permitir la subsanación”, recuerda. En este caso, en la sentencia se remarca que “en la tramitación dé este procedimiento se han cumplido las prescripciones legales”.

La rendición de cuentas

En cuanto a la rendición de cuentas, la resolución del Ministerio de Interior no alude a ello, pero en la rueda de prensa ofrecida por el secretario de Organización de Nueva Canarias admitió que por diversos motivos (falta de medios humanos, ser un proceso tedioso o la ralentización por la COVID) no se envió al Tribunal de Cuentas la contabilidad de los últimos años. Este martes, el partido se disponía a remitir la de 2018, 2019 y 2020.“ También mencionó que la formación que lidera el vicepresidente del Gobierno y consejero de Hacienda, Román Rodríguez, había solicitado una prórroga para enviar estos documentos y que al no recibir respuesta entendió que era ”silencio administrativo“ y dio por buena la prórroga que finaliza este mes. Sobre la de 2021 hizo referencia a que se pedirá una prórroga porque ”ya estamos fuera de plazo. 

La ley de 2015 de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos recoge que estas formaciones deben tener sus estatutos adaptados a esta norma tres años después de su entrada en vigor. Además, entre otras obligaciones establece que “habrán de remitir las cuentas anuales consolidadas, en las que se detallarán y documentarán sus ingresos y gastos, debidamente formalizadas al Tribunal de Cuentas antes del 30 de junio del año siguiente al que aquellas se refieran”. NC insistió este lunes en que había solicitado una prórroga y en que este incumplimiento “no es exclusivo” de esta formación. 

¿Qué ocurre con los cargos electos?

Gerardo Pérez señala que los diputados que están en el Parlamento tanto regional como nacional son personas físicas y a quien representan es al pueblo. Por tanto, pueden seguir desempeñando sus funciones. “No hay ningún problema con que continúen porque ellos no están ahí como miembros de NC sino como representantes del pueblo”, resume. Esta misma tarde, La Agrupación de Vecinos de Santa Lucía (partido de la oposición en este ayuntamiento del sureste de Gran Canaria) ha solicitado que los concejales de Nueva Canarias en el ayuntamiento pasen al grupo mixto. El concejal y portavoz de esta candidatura municipal, Manuel Hernández Pérez, alega en un escrito que ese partido ha quedado disuelto, por lo que sus representantes deben pasar a ser “no adscritos”.

Nueva Canarias ostenta la alcaldía de este municipio, que siempre ha sido su bastión, donde nació y donde cada año cosecha importantes resultados electorales. La Agrupación de Vecinos de Santa Lucía alude a una sentencia del Tribunal Supremo, que resalta que “los concejales que no se integran o abandonan el grupo político que constituya la formación electoral por lo que aquellos fueron elegidos pasan a tener la consideración de miembros no adscritos, la misma consideración han de tener aquellos concejales que no pueden integrarse en ese grupo por haberse acordado su disolución”.

Uno de los expertos consultados alude a que además de la ley de partidos, habría que tener en cuenta los derechos fundamentales de Nueva Canarias, en este caso el derecho de asociación. El secretario de organización del partido remarcó precisamente este lunes que esta causa atañe a “derechos fundamentales”. Aunque la formación se mantiene con “cautela” ante esta exclusión del registro, puntualiza que “ningún responsable de los que dirigimos el partido teníamos conocimiento”, por lo que calificó los hechos de “graves”.

Eldiario.es

Florentino López Castro

Florentino López Castro

2 comentarios en «NUEVA CANARIAS NO PUEDE PRESENTARSE A LAS ELECCIONES «PORQUE NO EXISTE»»

  1. a la ciudadania de telde LE TOCO EL GORDO de navidad
    con esto de que nueva canarias no se pueda presentar para las proximas

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  2. Ya mi madre Santísima y ahora se quedaron sin la finca particular jajajaja jajajaja gamberros vividores de los ciudadanos

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