miércoles, 24 abril, 2024

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Más por Telde advierte sobre posibles irregularidades en FOMENTAS

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Más por Telde desde que tiene representación en la Corporación Local ha cuestionado la “gestión” de la Empresa Municipal de Vivienda. En la mañana de hoy, 28 de octubre, vía Registro General, la Formación Política Más por Telde ha presentado escrito relativo a la Empresa Municipal de Vivienda FOMENTAS dirigido a la responsable de la Intervención Municipal, entre otras cuestiones exponemos y solicitamos lo siguiente:

1. Revisadas las cuentas y comparadas con ejercicios anteriores ponemos en conocimiento de la Intervención municipal las posibles irregularidades detectadas. Solicitamos que se fiscalicen las cuentas de los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015.

2. Pedimos que se auditen las facturas relativas a la deuda histórica que la propia Institución no reconoce y los distintos informes de auditoría dudan de su cobrabilidad, la contabilización de las mismas incide de forma directa en el resultado final.

Más por Telde desde que tiene representación en la Corporación Local ha cuestionado la «gestión» de la Empresa Municipal de Vivienda. Es más, recordar que, formando parte del Gobierno, uno de los primeros motivos de «discrepancia» fue la forma en la que la Alcaldesa – Presidenta del Consejo de Administración realizó el nombramiento del actual Gerente.

Siempre y fundamentando, nuestro posicionamiento ha sido contrario a las formas de gestión y nos hemos opuesto, votado en contra, a la aprobación de las Cuentas Anuales.

Ahora, teniendo representación directa en el Consejo de Administración y responsabilidad directa, advertidas, lo que entendemos como «graves irregularidades contables y presupuestarias», en aras de aclarar la situación lo hemos puesto en conocimiento de la Intervención Municipal para que tome las medidas que estime oportunas.

ESCRITO PRESENTADO

HECHOS:

PRIMERO.- Con fecha 17 de marzo de 2016 el Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Viviendas FOMENTAS reformuló y aprobó las cuentas correspondientes al ejercicio 2015.

SEGUNDO.- Con fecha 18 de julio de 2016, en sesión ordinaria, la Junta General aprobó las cuentas de la Empresa Municipal de Viviendas FOMENTAS correspondientes al ejercicio 2015.

TERCERO.- Con fecha 18 de julio de 2016 se celebró Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Viviendas FOMENTAS en el que, entre otros, en el primer punto del orden, «1.- INFORMACIÓN GENERAL DE LA SOCIEDAD.», don Carmelo Ramírez, Gerente de la Empresa, manifestó lo siguiente y así se refleja en el acta del mismo:

Respecto a la denominada deuda histórica, comenta que son todos aquellos gastos que se realizaron por la sociedad y que no se han abonado (por ejemplo los gastos del vallado para el proyecto de ocio de La Mareta) etc. Informa que deberá seguirse el procedimiento administrativo para poder llegar al reconocimiento final de estas y otras facturas pendientes de pago. No obstante, advierte a los consejeros/as que existe una sentencia judicial del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas que da por buena y exigible la deuda del Ayuntamiento con Fomentas.

Tras la información del Concurso de Acreedores y su grado de cumplimiento actual, D. Carmelo comienza a explicar el estado de la deuda histórica reconocida y pendiente de reconocer por el M. I. Ayuntamiento de Telde. Comenta que la aprobación de un convenio es una sentencia judicial y dicha deuda se encuentra recogida en los Textos Definitivos del Concurso de Acreedores.

Entiende que en relación con esta deuda se debe establecer un diálogo con la Intervención del Ayuntamiento. Además, se debe instar desde el Consejo de Administración de la sociedad al definitivo abono y reconocimiento, en su caso, dado que los miembros del Consejo de Administración tienen responsabilidad. Indica que el auditor de las cuentas, tal y como explicó con anterioridad en la Junta General celebrada, se abstiene de emitir su opinión porque duda de la cobrabilidad de la deuda que asciende a unos 3 millones de euros. Comenta que además emitió una carta de recomendaciones entre las cuales en su punto 5 dice: «…../….Les hacemos saber que NO hemos podido satisfacernos del crédito mantenido con el socio único M. I. AYUNTAMIENTO DE TELDE, del cual nos consta que se acredita, dicho crédito, en sede concursal, por la entidad EMPRESA MUNICIPAL DE VIVIENDA Y SUELO DE LA CIUDAD DE TELDE, S. L. U. (FOMENTAS), no manifiesta intención alguna de realizar gestiones para lograr realizar dicho crédito, dada la situación societaria existente. Debido a su importancia material, hemos considerado una dificultad significativa encontrada durante la realización de la auditoría, la cual generaría una denegación de opinión.

No hemos encontrado deficiencias significativas en los sistemas contables y de control interno durante la auditoría».

De forma resumida, lo que manifiesta el auditor es que la sociedad no ha demostrado que haya establecido ningún proceso para la reclamación de la deuda. No obstante, decir que hay parte de la deuda que sí se ha abonado por el Ayuntamiento. De los 5,5 millones de euros que se incluyeron en la masa activa del concurso como deuda que el socio único mantenía con su entidad, se encuentran pendientes de reconocer, 2,6 millones de euros. De éstos ya existe un informe de un técnico (Jefe de Servicio) por un importe de 1,6 millones de euros. D. Carmelo indica que los consejeros/as deben defender los intereses de la sociedad y ello incluye la reclamación de esta deuda.

Es evidente que don Carmelo Ramírez, Gerente, sigue aludiendo a una deuda que el propio Ayuntamiento no tiene reconocida y pone especial énfasis en la «carta de recomendaciones», no vinculante, de la empresa auditora del ejercicio 2015, pero, no sabemos porque, obvia, una vez más, las recomendaciones de los informes auditores de ejercicios anteriores, por ejemplo 2013 ó 2014.

Entre otras el de 2014, «PARRAFO DE SALVEDADES», dice:

«En relación a los párrafos de salvedad mencionados anteriormente, se ha propuesto los ajustes necesarios y la REFORMULACIÓN de las Cuentas Anuales de PYMES del ejercicio 2014, cuyo efecto sería pasar de un resultado del ejercicio de beneficios por importe de 8.308,70 euros, a incurrir en pérdidas en el ejercicio social por importe de -173.505,20 euros, además de los efectos en las cuentas de activo y pasivo relacionadas, disminuyendo el crédito por operaciones comerciales con el M. I. Ayuntamiento de Telde, e incrementando el pasivo correspondiente a la provisión. (Añade) Los administradores no han considerado efectuar la citada reformulación de las cuentas Anuales de PYMES del ejercicio 2014.

Entendemos que esta «modificación» se hizo para no declarar PERDIDAS en los ejercicios 2013, 2014 y 2015.

Lo que no entendemos es la actitud del Gerente y del Consejo de Administración que no hicieron nada para corregir este hecho y mucho menos seguir las recomendaciones de los auditores de cuenta, al contrario, no sólo obviaron sino que se propuso una nueva empresa auditora.
Lo que si es coincidente entre ambos auditores es que ninguno «puede dar» opinión sobre las cuentas de la empresa utilizando el mismo «fundamento»:

«FUNDAMENTO DE LA DENEGACIÓN DE LA OPINIÓN»

En el ejercicio 2014 expresa literalmente el auditor: «En el epígrafe Clientes, Empresas del Grupo y Asociadas del activo del Balance de PYMES figura un saldo deudor del M. I. Ayuntamiento de Telde por importe de 3.174.803,21 euros. Mediante el certificado emitido por el cliente vinculado y otros procedimientos de auditoría, se ha podido verificar una deuda pendiente de pago por parte del cliente vinculado por importe de 286.845,67 euros. Con respecto a la diferencia de 2.887.957,54 euros no ha sido posible obtener evidencia suficiente y adecuada sobre su razonabilidad y cobrabilidad. Por lo tanto, no hemos podido determinar el citado importe del valor del activo mencionado, que supone un 27,37% del total activo del Balance de PYMES.»

En el ejercicio 2015, dice el auditor: No hemos podido confirmar o verificar por medios alternativos las cuentas a cobrar incluidas en el balance por un importe total de 3.40.955,04 euros a 31 de diciembre de 2015, dicho importe proviene de operaciones con entidades vinculadas con el socio único de la entidad el M. I. Ayuntamiento de Telde , realizadas en el ejercicio 2015 así como en ejercicios anteriores. Por ello no hemos podido obtener evidencia de su cobrabilidad. Como resultado de estos hechos, no hemos podido determinar los ajustes que podrían haber sido necesarios en relación con las existencias y las cuentas a cobrar registradas, o no registradas, ni en relación con los elementos integrantes de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el Patrimonio netos y del estado de flujos de efectivo.

Queda claro que lo expuesto produce un «efecto muy significativo» sobre el resultado de la auditoría de las Cuentas Anuales de la Empresa Municipal de Vivienda FOMENTAS.

CUARTO.- En la misma sesión del Consejo de Administración de 18 de julio de 2016, así se recoge en el acta, tanto la Presidenta del Consejo y Alcaldesa, doña Carmen Rosa Hernández Jorge como don Carmelo Ramírez, Gerente, manifiestan lo siguiente:

La Presidenta dice… «Es importante informar sobre lo que está haciendo el Consejo de Administración, y por ello, se debe estudiar la posibilidad de reclamar la deuda al Ayuntamiento en vía administrativa.»

Don Carmelo Ramírez, Gerente, informa… «que hay un número de facturas que pueden prescribir este año y que como primera medida, habría que presentar un escrito reclamando la misma para evitar la prescripción. Comenta que en la etapa anterior se hizo. Todos los consejeros/as están de acuerdo con que se debe presentar dicho escrito, entendiéndose que lo ha de presentar el Sr. Gerente de la entidad.»

QUINTO.- Relacionado con lo anterior, «las cuentas o deudas a cobrar incluidas en los diferentes balances provenientes de operaciones con entidades vinculadas con el socio único de la entidad el M. I. Ayuntamiento de Telde, realizadas en el ejercicio 2015 así como en ejercicios anteriores.», una vez revisadas y comparadas las cuentas, hemos detectado una diferencia notable y llamativa en la «Previsión General de ingresos y pagos de Fomentas para los ejercicios 2014 y 2015», la llamada «deuda histórica».

No sabemos cual es el criterio contable empleado para fijar la cantidad a cobrar en cada ejercicio. No se motiva que en el ejercicio 2014 se fijó una previsión de cobro de 1.255.903,36 euros y en el ejercicio 2015 se «engorda o aumenta» en 715.986,70 euros, quedando en 1.971.890,06.
No se entiende el criterio, no se explicitan las razones lógicas o contables por las que se incluyen estás cantidades, más aún cuando queda clara su dudosa «cobrabilidad» como manifiestan ambos auditores.

Entendemos, salvo opinión razonada y en contrario, que el objetivo final era cuadrar los presupuestos a «capón», lo cual supone una clara formulación falseada de la contabilidad de la sociedad por la que el Consejo de Administración puede incurrir en el delito de administración desleal, sobre todo cuando los miembros del consejo son simultáneamente altos cargos dirigentes del Ayuntamiento de Telde, llegando doña Carmen Rosa Hernández Jorge a ser simultáneamente Presidenta de ambos entes jurídicos.

Por todo lo expuesto, el que suscribe, en representación del Grupo Político Más por Telde y como miembro del Consejo de administración de FOMENTAS.

SOLICITA:

1. Se tenga por presentado y se tome conocimiento de lo expuesto.

2. Que por parte de la Intervención General (Artículo 214 apartado primero del TRLRHL) se fiscalicen las cuentas de los ejercicios de 2012, 2013, 2014 y 2015 y se emita informe relativo a las mismas a fin de «aclarar» las graves irregularidades detectadas.

3. Que, para dar cumplimiento a la legislación vigente sobre la viabilidad de las empresas de propiedad municipal, y a las conversaciones mantenidas con el Ministerio de Hacienda en el reciente viaje de la señora alcaldesa y la señora concejala de hacienda, por parte de la Intervención General municipal se auditen y se relacionen las facturas pendientes correspondientes a lo contabilizado como «deuda histórica» y se determine su «cobrabilidad o no».

4. En caso negativo, que las facturas fuesen «incobrables», que la Intervención General fije las acciones a seguir y si se debe aplicar el mismo criterio que con la Empresa Municipal Gestel con las facturas no reconocidas del ejercicio 2014.

Florentino López Castro

Florentino López Castro

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