En https://leales.org/maltratoanimal la Plataforma Leales.org ha creado una guía pública y gratuita contra el maltrato animal, para asesorarse sobre cómo denunciarlo.
¿QUÉ HACER ANTE UN MALTRATO ANIMAL?
La Ley determina que quien presencia un delito está obligado a denunciarlo.
DIFUSIÓN EN MEDIOS Y REDES SOCIALES
En la guía se indica cuándo hay que difundir un caso de maltrato animal en las redes sociales.
Sólo hay que difundir un caso de maltrato animal cuando:
– El animal está muerto o a salvo- O el maltratador es anónimo o no está identificado- O si todas las autoridades ignoran¿Por qué no difundir si el animal está vivo o sigue con el maltratador?:
Por seguridad para el animal, para evitar que lo desaparezcan y para no obstaculizar la investigación.
– El animal está muerto o a salvo- O el maltratador es anónimo o no está identificado- O si todas las autoridades ignoran¿Por qué no difundir si el animal está vivo o sigue con el maltratador?:
Por seguridad para el animal, para evitar que lo desaparezcan y para no obstaculizar la investigación.
¿Qué hacer si ya se conoce al autor?
Primero hay que denunciarlo formalmente y esperar respuesta de las autoridades.En caso de no haber respuesta por parte de las autoridades locales, regionales y estatales se puede hacer presión en redes sociales, recogida de firmas, medios de comunicación, etc.Siempre hay que valorar si la difusión puede ser constitutiva de un delito de protección de datos, injurias o difamación.Si no hay pruebas claras hay que evitar acusaciones y se deben usar calificativos de supuesto, o presunto, o aparentemente, etc.En resumen:
En caso de que se conozca al autor y este tenga aún al animal, NO HAY QUE DIFUNDIR, HAY QUE DENUNCIAR PRIMERO y difundirlo sólo si la policía local, autonómica y estatal han ignorado el caso o no lo han resuelto.
Primero hay que denunciarlo formalmente y esperar respuesta de las autoridades.En caso de no haber respuesta por parte de las autoridades locales, regionales y estatales se puede hacer presión en redes sociales, recogida de firmas, medios de comunicación, etc.Siempre hay que valorar si la difusión puede ser constitutiva de un delito de protección de datos, injurias o difamación.Si no hay pruebas claras hay que evitar acusaciones y se deben usar calificativos de supuesto, o presunto, o aparentemente, etc.En resumen:
En caso de que se conozca al autor y este tenga aún al animal, NO HAY QUE DIFUNDIR, HAY QUE DENUNCIAR PRIMERO y difundirlo sólo si la policía local, autonómica y estatal han ignorado el caso o no lo han resuelto.
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