Ayer viernes volvió a cargar web financiada por Gestel, contra la empresa La Bella Época, asegurando que el abogado de la misma había renunciado a renunciado a la defensa de la misma ante los tribunales. Nada más lejos de la realidad, ha sido el propio abogado de la Entidad Cadena Macro Disco Shock SL, que gestiona La Bella Época, quien se ha dirigido al director que dirige la web para darle entre otros aspectos legales, un plazo de 72 horas para rectificar una falsa información publicada en la misma con la clara intención de perjudicar la imagen de la empresa.
Reproducimos el texto de los servicios jurídicos de la Bella Época
Como consecuencia de todo lo dispuesto en los artículos 1, siguientes y concordantes, de la Ley 2/1984, de 26 de marzo, de Derecho de Rectificación, les requiero expresa y formalmente para que publiquen, en el improrrogable plazo de 72 horas, en el diario-medio: la Actualidad de Telde, en la misma sección en que fue publicada la noticia que daña el derecho al honor y a la propia imagen de mi representada, y que resulta incorrecta, la siguiente RECTIFICACION -sin comentarios ni apostillas y haciendo figurar, asimismo, en el encabezamiento, dicha exacta expresión:
«En relación con la Noticia publicada el pasado día 11 de Abril de 2025, en esta misma sección bajo la reseña: EI Abogado de la polémica sala «La Bella Época» renuncia a su defensa ante los tribunales» se retracta públicamente de algunas de las manifestaciones vertidas en el mismo por no haberse confrontado debidamente con otras fuentes solventes y pidiendo disculpas por el uso del adjetivo » La polémica sala».
En particular, la presente rectificación afecta a los siguientes extremos:
«Que la Entidad CADENA MACRO DISCO SHOCK S.L., ejerce la actividad de Discoteca/Sala de fiestas, bajo licencia otorgada por el MI AYUNTAMIENTO DE TELDE».
Conforme a lo anterior, no ejerce una actividad ILICITA ni INDEBIDA, todo lo contrario, se ejerce bajo la licencia otorgada por la administración competente, aportándose por dicha Entidad toda la documentación y requisitos exigidos por el MI Ayuntamiento de Telde.
Que ya existió apertura de expediente sancionador bajo el número 174/2013, el cual fue archivado por la misma Autoridad administrativa que otorgó la licencia de actividad.
En cuanto al expediente sancionador actual, téngase en cuenta de que la resolución de fecha 5 de marzo de 2025, no es firme, y que contra la misma cabe Recurso de Reposición, lo que ya se ha realizado.
En cuanto al expediente que se sigue en el Juzgado de lo Contencioso número 6 de Las Palmas de Gran Canaria, la Empresa Cadena Macro Disco Shock S.L., ya ha presentado la correspondiente Demanda Contenciosa.
Se pide disculpas por el uso del adjetivo degradante “La Polémica Sala», el cual daña el derecho al honor y a la propia imagen de la Entidad Cadena Macro Disco Shock S.L., que únicamente lucha por sus derechos de forma lícita ante los Tribunales de Justicia.
Por todo lo anteriormente expuesto y manifestado:
Que, teniendo por presentado en tiempo y forma este escrito, se sirva admitirlos, tenga por efectuada solicitud de RECTIFICACION de la noticia publicada el día 11 de abril de 2025, y se tenga a bien corregir dicha publicación en el plazo y forma indicados en el presente escrito, sin perjuicio de que esta parte hace expresa reserva del ejercicio de cuantas acciones Penales y Civiles me correspondan en Derecho en caso de hacer caso omiso a tan justa petición. En Telde a 11 de abril de 2025
Canarias Informativa