El pasado año 2022, concretamente el 18 de junio, era cesado mediante un Decreto de Alcaldía, el abogado Carlos La Chica, que era asesor del concejal de Cultura, Juan Martel. Curiosamente en esa ocasión venía la denuncia firmada por una vecina, de Telde que instaba a la ex alcaldesa, Carmen Hernández a que lo despidiera y le reclamara el dinero cobrado presuntamente de forma irregular con motivo de la incompatibilidad de su cargo.
Decimos curiosamente, porque vuelve fue a ser una vecina, quien denuncia que Auri Saavedra, la asesora de Bienestar Animal de Ayuntamiento de Telde “lejos de dedicarse de forma exclusiva a su cargo en el Ayuntamiento de Telde, velando por los intereses de la Concejalía a la que se debe su trabajo, ha aprovechado los acontecimientos del Ayuntamiento para presuntamente en su interés propio, el de su actividad profesional y de Asociación la cual lidera”.
De la misma manera que nosotros como medio de comunicación, hemos tenido acceso a esta denuncia, entendemos que tanto el alcalde Juan Antonio Peña, como el concejal de Bienestar Animal, Juan Francisco Artiles, tienen conocimiento de esta situación, entre otras cosas porque la prensa ya se ha hecho eco de ella.
No se a que estará esperando , Peña para cesar a esta señora, cuya situación presuntamente irregular es de dominio público y ha tenido que ser una vecina quien de el paso y denuncie tal situación. Demencial nos parece que tenga la pluma tan ligera para firmar el cese de la concejala Pilar Mesa, y se esté haciendo el “longui” con una actuación presuntamente irregular de Auri Saavedra, que es pública y notoria. Recordamos su posición cuando el cese de Carlos La Chica -claro que antes estaba en la oposición- pero le exigimos que no le tiemble el pulso y actúe en consecuencia.
Juan Antonio Peña, con esa mayoría que tiene justita, está tragando sapos y culebras, para no mortificar a sus socios, pero los ciudadanos quieren ver que decisión va a tomar, porque la cosa es de tal gravedad, lo de “con la verdad por delante” va a ser un puro chiste.
TEXTO INTEGRO DE LA DENUNCIA :
AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TELDE INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
B. J. H. Z ante el Ilustre Ayuntamiento de Telde comparezco y, como mejor proceda en derecho DIGO:
Que por medio del presente escrito formulo DENUNCIA por posible situación de incompatibilidad con actividad de la Administración Pública y con actividad de carácter privado contra DOÑA MARIA AURORA SAAVEDRA SUAREZ, en base a los siguientes,
HECHOS
PRIMERO. – DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL
Que con anterioridad a su nombramiento como Asesora de la Concejalía de Bienestar Animal, la persona denunciada venía desarrollando una actividad profesional a cargo de una entidad privada, en donde figura como empresario individual que desarrolla adiestramiento de animales.
Que además de ello dispone de una Asociación de carácter Social Canina, en donde además en la misma web se ofertan servicios de peluquería, guardería, educación y terapia. Que la cita web es: https://www.aurican.es/indexs.html
SEGUNDO.- DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL
Que lejos de ser una persona cuya actividad profesional pasa desapercibida, la misma es testigo de múltiples denuncias públicas, ya en redes sociales, como en diferentes medios de comunicación, en donde de alguna forma se ve involucrada en diferentes cuestiones que distan de lo que se debe exigir de un profesional que tiene como base y premisa el Bienestar Animal.
TERCERA.- DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA
Que el pasado día 17 de junio de 2023, fue nombrada como asesora de la Concejalía de Bienestar animal del Ayuntamiento de Telde.
Que desde el citado nombramiento DOÑA MARIA AURORA lejos de dedicarse de forma exclusiva a su cargo en el Ayuntamiento de Telde, velando por los intereses de la Concejalía a la que se debe su trabajo, ha aprovechado los acontecimientos del Ayuntamiento para en su interés propio, el de su actividad profesional y de Asociación la cual lidera.
Que como prueba de ello, es la obtención de la partida de 11.000 € que obtuvo la Asociación Aurican por el proyecto Rutas Amigas el pasado 21 de julio de 2023 del Cabildo de Gran Canaria, que se adjunta al presente documento.
CUARTO.- DEL EJERCICIO DEL CARGO CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA
Que Ejercicio del cargo con dedicación exclusiva supone la exclusión o prohibición de desempeñar cualquier otro trabajo o actividad profesional. Que ello viene perfectamente establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP),en donde a tenor literal se indica:
“Artículo 53. Principios éticos.
1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.
2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.
3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.
4. Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
5. Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público.
6. No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público.
7. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.
8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización.
9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.
10. Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolverán dentro de plazo los procedimientos o expedientes de su competencia.
11. Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos.
12. Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.”
QUINTO.- DEL RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES
Que lo anteriormente relatado supone un incumplimiento de las normas en materia de incompatibilidades, por no decir que contraviene en un conflicto de intereses con el puesto público, ya que lejos de promocionar la Concejalía de Bienestar Animal y sus centros dependientes como es la perrera de Telde, DOÑA MARIA AURORA en actos como Telde Solidario el pasado día 30 de septiembre de 2023, en horario de 16:00 a 22:00 horas en la Plaza de San
Gregorio, acude como representante de la Asociación Aurican y no como de la perrera de Telde, que es como debería de ser a razón de su cargo.
Además de ello, los pasados días del 16 al 20 de octubre de 2023, acude a las fiestas de la Salud de las Remudas, en donde ofrece un taller de “Educación Canaria” y recogida de alimentos de animales, los cuales en ningún caso son aportados a los animales que habitan en la perrera municipal del Ayuntamiento de la cual es asesora.
Que hechos como los aquí relatados, no son más que una prueba de el modus operandi de DOÑA MARIA AURORA, que en su provecho propio y aprovechándose su posición en el Ilustre Ayuntamiento.
Por todo lo anterior,
AL AYUNTAMIENTO SUPLICO, que sirva a admitir el presente escrito, y tras los trámites oportunos, se proceda a la apertura del correspondiente procedimiento disciplinario por incompatibilidad en la prestación de las funciones públicas y las de carácter privado.
Es justicia que pido Telde a 25 de octubre de 2023.
Fuente: Canariasinformativa