lunes, 16 septiembre, 2024

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EL AYUNTAMIENTO DE TELDE RECONOCE QUE LA POLICÍA LOCAL ESTÁ MULTANDO EN CARRETERAS QUE NO SON DE SU COMPETENCIA

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El Ayuntamiento de Telde (Gran Canaria) ha reconocido que ha impuesto multas de tráfico en vías que no son de su competencia según la Ordenanza Municipal de Circulación y otros textos legales sobre tráfico, después de que un ciudadano haya abierto un pliego de descargo tras ser sancionado en agosto de 2021 en la llamada Avenida del Cabildo Insular, que une La Garita con el casco urbano.

En un decreto, el Ayuntamiento responde a este ciudadano que procede el sobreseimiento de las actuaciones y el cierre de los expedientes incoados por infracciones denunciadas, al tiempo que reconoce el derecho de devolución del importe de la multa al entender que se produjo un «error de forma o de hecho».

Y es que el ciudadano afectado, al que se le sancionó con 500 euros de multa y la pérdida de cuatro puntos del carné por conducir con una tasa de alcoholemia superior a la permitida, presentó un pliego de descargo en tiempo y forma en el que exponía que la denuncia no fue correctamente formulada «por la falta de competencia manifiesta de los agentes de la Policía Local» en el lugar en el que se le grava.

La GC-10 es una vía interurbana competencia de la Guardia Civil

La GC-10 es considerada una vía interurbana y, como tal, está fuera de poblado por lo que las competencias para control del tráfico está en la Guardia Civil de Tráfico, no en la Policía Local, a no ser que exista una excepción expresa, que no es el caso.

Asimismo, expresaba el afectado que la vía en la que recibió la sanción administrativa tiene una distancia de 4,4 kilómetros, pero que en la notificación de la multa que le entregó la Policía «existe un error evidente en el lugar de la infracción», ya que se pone el punto kilométrico 5,6.

Y lo acompañó con dos sentencias de juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria con casos similares en los que se dio la razón a las personas sancionadas, una de ellas con características comunes en la que la jueza advertía que la Policía Local de la capital grancanaria no puede multar en la circunvalación porque el Ayuntamiento no tiene la titularidad de esa carretera, donde solo puede actuar la Guardia Civil.

Al no obtener respuesta de la administración en el plazo de un año, el máximo legal previsto para ello en la normativa, esta persona presentó una solicitud para expedir certificado de actos presuntos, recibiendo entonces la resolución del Ayuntamiento en el que se le da la razón.

En dicho documento oficial, además de reconocerse que en su caso concreto se produjo un «error de forma o de hecho», también se enumeran una serie de sanciones -hasta una quincena- que presentan distintos fallos que hacen que deban ser desestimadas.

La Provincia-Dlp

EL GRUPO DE GOBIERNO DE TELDE INSTRUMENTALIZA LA IMAGEN DEL CRISTO CON FINES POLÍTICOS

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Cuando nos lo contaron no queríamos creerlo, exigíamos pruebas y nos las hicieron llegar. Ayer en la Romería de Teror se repartieron estampas con la imagen del Cristo por delante y por detrás el eslogan del gobierno municipal: «Telde Adelante».

Más allá del uso de las palabras, las personas se comunican a través de sus símbolos. Con los símbolos religiosos van mucho más allá, estos símbolos puede que como en el caso del gobierno de Telde signifiquen poca cosa, pero para miles de teldenses, la imagen del Santo Cristo entraña un significado profundo, un sistema trascendental de valores, una base para crear comunidad y pertenencia colectivas, así como la misma esencia de su identidad y de sus creencias fundamentales.

Informarle al Alcalde de Telde, que “la Constitución española ordena la neutralidad de los poderes públicos como una de las señas de identidad de nuestro modelo político y jurídico. La neutralidad se conforma como un presupuesto para la convivencia pacífica de aquellos que tienen diferentes convicciones, ideas y opiniones, en una sociedad plural y democrática”

Sin embargo, pese a que a priori el alcance y contenido del principio de neutralidad ha sido definido de forma precisa en nuestro ordenamiento jurídico, las decisiones de algunos gestores públicos como el caso que nos ocupa, dejan mucho que desear sobre esta neutralidad.

Como teldenses solo podemos sentir indignación, sobre todo, porque un hombre joven como el alcalde Juan A. Peña se haya prestado a esta utilización burda de la imagen del Santo Cristo con fines políticos.

Es una falta de respeto utilizar al Cristo de Telde cómo propaganda política, aquí todo vale con tal de arañar adeptos, lo ocurrido ayer en Teror, es una «degradación institucional sin precedentes», esto no puede pasar, sobre todo cuanto este gobierno está haciendo lo mismo que criticaba del anterior.

No es moral, ni ético, lo que ha hecho el gobierno de Telde, no deben confundir a la ciudadanía con estos actos, deben recordar que la religión y la política son totalmente diferentes. 

Maribel Castro, directora de canariasinformativa.com

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